¿Cómo reclamar los intereses abusivos de mi tarjeta revolving?
Hola Carlos, te saluda el Experto TuCompara. La respuesta corta es un rotundo sí. Las tarjetas revolving con un TIN superior al 20% o 22% son habitualmente declaradas nulas por los tribunales españoles aplicando la Ley de Represión de la Usura de 1908, doctrina respaldada de forma reiterada por el Tribunal Supremo.
Para solucionar tu situación de sobreendeudamiento, te recomendamos seguir estos pasos clave amparados por la normativa española:
- Reclamación Extrajudicial: Solicita al servicio de atención al cliente de la entidad el contrato original y el extracto de movimientos de toda la vida del préstamo, amparándote en la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo.
- Demanda de Nulidad: Si el TIN supera notablemente el interés normal del dinero en la fecha de contratación, puedes demandar la nulidad por usura. Conforme a la jurisprudencia, la consecuencia es que solo estarás obligado a devolver el capital dispuesta inicialmente, sin intereses ni comisiones, debiendo la entidad devolverte todo lo que hayas pagado de más.
- Protección de tus bienes: Recuerda que, en caso de impago sobrevenido, el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil protege tu economía declarando la inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional (actualmente fijado en 1.134 euros). Además, si tu situación es de insolvencia total, la Ley 16/2022 de reforma concursal (Ley de Segunda Oportunidad) permite la exoneración del pasivo insatisfecho.
Para evitar volver a caer en productos opacos, es fundamental contratar alternativas financieras que destaquen por su claridad en las condiciones de amortización y ausencia de comisiones ocultas.
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