¿Es legal que el banco me cobre comisión por amortizar o cancelar antes de tiempo mi hipoteca?
Resumen del Experto: Un 1,50% es **totalmente ilegal** si tu hipoteca se rige por la normativa moderna o variable. La Ley 5/2019 de Crédito Inmobiliario y las sucesivas medidas de alivio hipotecario fijan topes legales estrictos de entre el 0% y el 0,25%, prohibiendo de forma taxativa penalizaciones desproporcionadas al consumidor que amortiza anticipadamente.
Límites legales por ley según el tipo de hipoteca:
- Hipotecas a tipo variable:
- Durante los 3 primeros años: comisión máxima legal del 0,25% (25 € por cada 10.000 € amortizados).
- Durante los 5 primeros años: comisión máxima legal del 0,15%.
- A partir del quinto año: 0,00% (Totalmente prohibido cobrar comisión).
- Nota de alivio hipotecario: Durante los periodos de medidas extraordinarias del Gobierno, las amortizaciones en hipotecas variables han estado completamente bonificadas al 0%.
- Hipotecas a tipo fijo:
- Durante los primeros 10 años: comisión máxima del 2,00% sujeta a una condición ineludible: que el banco acredite una pérdida financiera real en el mercado de capitales.
- A partir del año 10: comisión máxima del 1,50% (también sujeta a pérdida financiera). Si el banco reinvierte el dinero a tipos superiores, la comisión debe ser cero.
Qué elegir: ¿reducir cuota mensual o reducir plazo?: Si tu objetivo es pagar los mínimos intereses posibles a lo largo de la vida del préstamo, es financieramente mucho más ventajoso **reducir plazo** (manteniendo la misma cuota mensual) que reducir cuota.
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