¿Hasta cuándo se pueden reclamar los gastos de constitución de hipotecas anteriores a 2019?
Resumen del Experto: Sí, sigues estando plenamente a tiempo para reclamar. Las históricas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2024 y la doctrina del Tribunal Supremo español han fijado que el plazo de prescripción no empieza a contar desde la firma de la hipoteca, sino desde que el cliente conoce judicialmente el carácter abusivo de la cláusula de gastos mediante sentencia firme en su caso particular.
Qué conceptos económicos te debe devolver el banco:
- 100% de los gastos de Registro de la Propiedad: La totalidad de la factura de inscripción de la hipoteca.
- 100% de los gastos de Gestoría: Toda la minuta cobrada por la gestoría impuesta por el banco.
- 100% de los gastos de Tasación: El coste íntegro de la valoración del inmueble abonada al inicio.
- 50% de los gastos de Notaría: La mitad de la factura arancelaria de la escritura pública del préstamo hipotecario.
- Intereses legales del dinero acumulados: El banco debe abonar además el interés legal devengado año tras año desde la fecha en que pagaste cada una de las facturas (lo que suele incrementar la devolución entre un 30% y un 50% adicional).
Cómo iniciar la reclamación: Presenta escrito de reclamación extrajudicial ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria aportando copia simple de la escritura del préstamo y las facturas originales de los profesionales.
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