¿Puede mi banco cobrarme comisiones de mantenimiento si no tengo saldo?

Experto de TúCompara!
26 de octubre de 2026
C
Carlos G. (Zaragoza)
Pregunta enviada el 26 de octubre, 2026
✦ Banca y Reclamaciones
«Llevo tres meses con la cuenta a cero porque cambié de trabajo y aún no me han ingresado la nueva nómina. Mi banco tradicional me ha aplicado una comisión de mantenimiento de 60 euros y otra por descubierto de 35 euros, dejándome la cuenta en números rojos. No me avisaron con antelación y ahora me reclaman el pago urgente mediante llamadas amenazantes. ¿Es legal que me cobren estas cantidades estando en paro y sin previo aviso?»
✓
Respuesta del Experto TuCompara
Equipo Editorial y Divulgativo — TuCompara.com
Opinión Divulgativa (No Asesoramiento Oficial)

Hola, Carlos. Te saluda el Experto TuCompara. Analizando tu situación desde un plano estrictamente informativo y pedagógico, te recordamos que esta respuesta no constituye asesoramiento financiero oficial ni estamos regulados por la CNMV o el Banco de España.

Respecto a las comisiones de mantenimiento, el Banco de España establece que solo son legales si aparecen reflejadas en el contrato firmado y si el banco te presta un servicio real (por ejemplo, si te exigen una cuenta obligatoria para un préstamo o si mantienes saldo). Si la cuenta está inactiva por causas no imputables a ti, el cobro puede considerarse abusivo.

En cuanto a las comisiones por descubierto y reclamación de posiciones deudoras, la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen que estos gastos respondan a gestiones reales y efectivas realizadas por la entidad, prohibiendo el cobro automático de comisiones desproporcionadas o duplicadas.

Te recomendamos actuar siguiendo estos pasos:

  • Presenta una reclamación formal por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad bancaria exigiendo la devolución de los cargos improcedentes.
  • Si en el plazo de un mes no obtienes respuesta satisfactoria, puedes elevar tu queja al portal del cliente bancario del Banco de España.
  • Valora cambiarte a una entidad alternativa sin comisiones ni ataduras de nómina para evitar futuros sobresaltos.
🛡️ Deslinde de Responsabilidad Legal y Financiera: Esta respuesta representa una opinión editorial de carácter estrictamente informativo, pedagógico y divulgativo. No constituye asesoramiento financiero regulado bajo la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores, directiva europea MiFID II, ni intermediación en crédito al consumo o préstamos inmobiliarios (Leyes 16/2011 y 5/2019), ni asesoramiento jurídico o tributario vinculante. TuCompara.com y sus analistas no son asesores financieros titulados ni figuran inscritos en los registros oficiales de la CNMV ni del Banco de España. Consulta siempre con la entidad emisora y con profesionales colegiados antes de formalizar cualquier contrato.
✦ 0 € COMISIONES PARA SIEMPRE

Deja de pagar comisiones a tu banco de toda la vida

Abre una cuenta online sin comisiones, con Bizum gratis y tarjeta de débito sin ataduras.

Casos relacionados en Banca y Reclamaciones

Ver todos los casos de Banca y Reclamaciones →

¿Tienes una duda similar? Pregunta a nuestro equipo

Es 100% anónimo, gratuito y sin compromiso. Te respondemos con datos objetivos bajo la ley española.

Mínimo 25 caracteres. Tus datos personales (DNI, teléfono) serán ocultados automáticamente por seguridad.
Tu correo jamás será publicado ni compartido con terceros.

🛡️ Cláusula General de Exención de Responsabilidad y Transparencia Legal (No Asesoría Financiera)

1. Inexistencia de Asesoramiento Oficial o Regulación CNMV / BdE: TuCompara.com es un portal web de contenidos divulgativos e información comercial independiente. Los autores, analistas y colaboradores de este consultorio no actúan como Empresa de Servicios de Inversión (ESI), entidad de crédito bancaria, establecimiento financiero de crédito (EFC) ni asesores financieros certificados bajo supervisión o inscripción en el Registro Oficial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ni del Banco de España. Ninguna respuesta, cálculo o contenido publicado en este portal constituye ni sustituye el asesoramiento financiero personalizado, la recomendación individualizada de inversión o crédito (Ley 5/2019), el asesoramiento jurídico colegiado o el dictamen fiscal.

2. Finalidad Estrictamente Informativa y Pedagógica: Las consultas resueltas tienen como único fin orientar de manera general y divulgativa sobre la normativa pública vigente en España (Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Usura de 1908, Ley de Segunda Oportunidad 16/2022, LOPDGDD). La interpretación de leyes y sentencias judiciales se expone a título pedagógico y en ningún caso constituye dictamen legal vinculante ni defensa letrada.

3. Exclusión Total de Responsabilidad y Decisión del Usuario: La contratación efectiva de cualquier producto financiero o la toma de decisiones judiciales, fiscales o de endeudamiento es de la exclusiva y absoluta responsabilidad del usuario. TuCompara.com declina toda responsabilidad por pérdidas, daños, recargos o perjuicios derivados directa o indirectamente de la interpretación o uso de los contenidos orientativos facilitados en este sitio web.

Author Experto de TúCompara!

Equipo editorial especializado en finanzas personales, crédito al consumo, hipotecas y productos bancarios. En TúCompara analizamos de forma independiente las condiciones, TAE, comisiones y letra pequeña de las principales entidades financieras reguladas por el Banco de España para ayudarte a ahorrar y tomar decisiones informadas.