El banco me cobra 39 € cada vez que me quedo en descubierto unas horas, ¿cómo reclamar la devolución por ley?

Experto de TúCompara!
23 de octubre de 2026
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David N. (Valladolid)
Pregunta enviada el 23 de octubre, 2026
✦ Banca y Reclamaciones
«En los últimos 6 meses CaixaBank y Santander me han cobrado 5 veces la comisión de 'reclamación de posiciones deudoras' (entre 35 € y 39 € cada vez) simplemente porque me pasaron un recibo un día antes de ingresar la nómina. ¿Existe alguna sentencia del Supremo que me permita exigir que me devuelvan ese dinero?»
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Respuesta del Experto TuCompara
Equipo Editorial y Divulgativo — TuCompara.com
Opinión Divulgativa (No Asesoramiento Oficial)

Resumen del Experto: Sí, esas comisiones son nulas de pleno derecho y el banco está obligado a reintegrarte hasta el último céntimo. La Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo 566/2019 fijó jurisprudencia vinculante declarando abusivas y contrarias a la normativa bancaria las comisiones automáticas por descubierto o retraso.

Por qué el Tribunal Supremo declara nula esta comisión:

  • Falta de servicio real: Para que un banco cobre una comisión, la ley exige que preste un servicio efectivo y solicitado por el cliente. Un simple aviso telemático automatizado o una alerta en la app móvil no justifica cobrar 39 €.
  • Doble penalización ilegal: El banco ya te cobra intereses de demora por los días que la cuenta permanece en descubierto. Cobrar además una comisión fija de 39 € supone una reiteración sancionadora injustificada.
  • Obligación de gestión personalizada: El Supremo dictaminó que la entidad solo puede cobrar si acredita documentalmente haber realizado gestiones activas, individualizadas y costosas de reclamación.

Cómo redactar tu reclamación para recuperar el dinero en 15 días:

  1. Revisa tus extractos de los últimos 5 años y suma todas las comisiones cobradas bajo los conceptos 'comisión por reclamación de descubierto' o 'comisión de posiciones deudoras'.
  2. Envía un escrito formal al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad citando expresamente la Sentencia del Tribunal Supremo 566/2019 y las circulares del Banco de España.
  3. En más del 90% de los casos, los departamentos jurídicos de los bancos abonan la totalidad de las comisiones en cuenta para evitar que el cliente eleve el expediente al Banco de España.
🛡️ Deslinde de Responsabilidad Legal y Financiera: Esta respuesta representa una opinión editorial de carácter estrictamente informativo, pedagógico y divulgativo. No constituye asesoramiento financiero regulado bajo la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores, directiva europea MiFID II, ni intermediación en crédito al consumo o préstamos inmobiliarios (Leyes 16/2011 y 5/2019), ni asesoramiento jurídico o tributario vinculante. TuCompara.com y sus analistas no son asesores financieros titulados ni figuran inscritos en los registros oficiales de la CNMV ni del Banco de España. Consulta siempre con la entidad emisora y con profesionales colegiados antes de formalizar cualquier contrato.
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Author Experto de TúCompara!

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